Friday, January 04, 2008

UN CRIMEN PARA LA HISTORIA: EL DERRIBO DEL GOBIERNO CUBANO DE LAS AVIONETAS DE HERMANOS AL RESCATE

Aunque ya paso 12 años de este horrible crimen, recopilo partes de la transcripcion del Juicio de la ICAO en Montreal en 1996 donde se dictaminó que las avionetas de hermanos al rescate volaban sobre espacio fuera del territorio cubano y que dicho derribo fue un crimen repudiado por la Federacion Internacional de Aeronautica Civil.

FIDEL, RAUL CASTRO Y EL ALTO MANDO DE LAS FUERZAS ARMADAS DE CUBA (FAR). RESPONSABLES DE ESTE ASESINATO DE 2 AVIONETAS CIVILES EL 24 DE FEBRERO DE 1996

GRABACION DE LOS PILOTOS CUBANOS ENTUSIASTAS DE DISPARARLE UN MISIL DE 600 LIBRAS A UNA AVIONETA CIVIL TRIPULADA POR JOVENES CUBANOS

RAUL CASTRO ADMITE RESPONSABILIDAD EN EL DERRIBO DE LAS AVIONETAS

ESCUCHAR GRABACION DE PILOTOS QUE DERRIBARON Y MASACRARONLOS AVIONES DE HERMANOS AL RESCATE:

RESULTADOS DEL JUICIO DE LA FIAC/ICACO (LA FEDERACION INTERNACIONAL DE AVIACION CIVIL EN MONTREAL EN 1996

¿En que coordenadas fueron derribadas las avionetas de Hermanos al Rescate?

En un juicio imparcial de la la Federación Internacional de Aviación Civil (FIAC/ICAO) celebrado en su cede de Montreal se desestimaron las evidencias del gobierno cubano y las pruebas de e los Estados Unidos.

Por lo tanto su imparcialidad consistió en tomar las pruebas presentadas por terceros presentes en el sitio donde el asesinato tomo lugar.

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De esa forma, basándose en los datos presentados por la tripulación del Tri-Liner Majesty of the Seas presente cerca de los hechos se determinó que las coordenadas donde fue derribada la avioneta Cessna registrada N2456S (fabricada en 1961) fue 23 29N, 082 28W a 9 Millas Náuticas (NM) del espacio territorial cubano y por lo tanto en aguas internacionales. La segunda avioneta Cessna registrada N5485S fue derribada en las coordenadas 23, 30 1N 082 28 6W a 10 millas náuticas del espacio de las aguas territoriales cubana e igualmente en aguas internacionales.

La ICAO recuerda los Estados, de acuerdo a los Articulos 1 y 2 del Convenio sobre Aviacion Civil Internacional, se guiaran por los principios y reglas , normas y metodos proscritos en el Convenio y sus anexos, incluida las reglas relativas a la interceptacion de aeronaves civiles y el principio reconocido en el derecho internacional consuetudinario, relativo a la no utilizacion de armas en contra de tales avionetas en vuelo.

La ICAO reafirma el principio de que los Estados deben abstenerse de utilizar armas en contra de avionetas civiles en vuelo y de que al interceptarse aeronaves civiles no debe ponerse en peligro la vida de los ocupantes de las aeronaves ni la seguridad de estas.

La ICAO reafirma su CONDENA a la utilizacion de armas de fuego en contra de las avionetas civiles en vuelo por ser incompatible con consideraciones fundamentales de humanidad, con las reglas del derecho internacional consuetudinario codificadas en el Articulo 3 his Sobre el Convenio sobre Aviacion Civil y con las normas y metodos recomendados proscritos en los Anexos del Convenio.

La ICAO manifiesta su PROFUNDO DOLOR por la perdida de cuatro vidas humanas y su sincero pesame y condolencia a las familias afligidas victimas de este tragico suceso.

FUENTE:

Federacion Internacional de Aeronautica Civil (FIAC/ICAO): Resultados del juicio de la ICAO en referencia al derribo de las dos avionetas Cessna

VER TEXTO INTEGRO DE RESOLUCION DEL JUICIO DE LA ICAO EN MONTREAL:
TEXTO INTEGRAL DEL JUICIO DE LA ICAO EN MONTREAL SOBRE DERRIBO DE AVIONETAS
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